Firmat, sábado, 20 de abril de 2024
Edición Digital Nro: 948
 

Archivo | Busqueda avanzada

Actualidad | 26/05/2020
Información oficial
Nuevo permiso de circulación: El Gobierno provincial brindó detalles para renovar el certificado

Este martes, luego del fin de semana largo, el Gobierno provincial informó a la población que “habrá que renovar todos los permisos actuales de circulación, sin excepción”.

La información que trascendió por la página oficial de la Provincia, desarrolló distintos puntos y brindó precisiones para realizar nuevamente los certificados.

Información oficial emitida por las autoridades provinciales

  • Si trabajas en alguna actividad esencial, vas a tener que tramitar el Certificado Único Habilitante para la Circulación (CUHC), o renovarlo en: https://www.argentina.gob.ar/circular
  • Si tenés la app (aplicación) CUIDAR, podés hacer clic en el botón “tramitar permiso”, que te va a llevar a la web para hacerlo. Una vez que esté emitido lo tendrás integrado en la aplicación o podrás descargarlo.

¿Quiénes tienen que tramitar el permiso por primera vez?

Todas las personas que realicen actividades esenciales, que no lo hayan tramitado por estar exceptuadas. Podés consultar el listado de actividades esenciales que se incorporan al CUHC en https://bit.ly/2XzeeLU 

Habrá permisos especiales que tendrán vigencia de 48 hs para urgencias médicas o de vivienda, trámites impostergables.

¿Cuándo hay que tramitar el certificado?

Ya podés tramitarlo, y tenés tiempo hasta el 29 de mayo.  

A partir del 30 de mayo no habrá ninguna excepción vigente para transitar sin el CUHC. Todos los trabajadores de organismos públicos, incluidos funcionarios, tendrán que tramitar su Certificado Único para Circular

  • Trabajadores residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación podrán hacerlo accediendo a: https://bit.ly/3c7dNxI 
  • Trabajadores que residan en la provincia de Buenos Aires podrán hacerlo accediendo a: https://bit.ly/2M2iFto 
  • Trabajadores que residan en otras jurisdicciones deberán tramitar el certificado accediendo a: https://bit.ly/2B46I4m 
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales y no deben ser atribuidos al pensamiento de la redacción de El Correo de Firmat. Los comentarios pueden ser moderados por la redacción.