Firmat, viernes, 29 de marzo de 2024
Edición Digital Nro: 948
 

Archivo | Busqueda avanzada

Regionales | 10/04/2021
Lo hizo a través de la firma del Decreto N° 279
Perotti reglamentó la Ley de Paridad
Imagen de archivo

El gobernador de la Provincia reglamentó la Ley de Paridad, aprobada el pasado mes de diciembre por la legislatura de Santa Fe, con el aporte materializado mediante el veto propositivo del propio gobernador que extendió el alcance  de la paridad a la fórmula gobernador/a- vice.

Perotti la reglamentó a través de la firma del decreto n° 279. Según indicaron desde el gobierno provincial, la misma que impulsa la  paridad en la conformación de listas comenzará a regir para renovar las comisiones comunales y concejos municipales en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias (PASO) provinciales el 8 de agosto y las generales el 24 de octubre.  

 

En ese sentido, la secretaria de Estado de Igualdad y Género, Celia Arena, expresó a la prensa oficial: “La reglamentación de esta ley es la expresión de una profunda convicción y decisión política de la gestión liderada por Omar Perotti, de avanzar en acciones concretas a favor de la igualdad”.

“Para nosotras esta ley es símbolo de reivindicación popular y justicia social”, agregó Arena.

INFORMACIÓN OFICIAL | SOBRE LA REGLAMENTACIÓN

Según indica la reglamentación de la Ley 14002, la paridad alcanza en el ámbito legislativo a los cargos electivos y a los cargos políticos (secretarios/as de bloque, secretario/a legislativo, secretario/a administrativo, subsecretario/a). . En adición, el mismo decreto estipula dar claridad a los criterios de elección de las listas electorales. 

Por otro lado, esta reglamentación faculta a la Secretaría de Estado de Igualdad y Género de la provincia de Santa Fe a “promover  acciones para la operativización de la paridad, disponiendo a tal fin la facultad de elaborar programas al efecto y celebrar convenios con organismos electorales o partidarios”.

SOBRE LA LEY 

La Ley de Paridad de Género fue aprobada por la Legislatura el año pasado y, tras una enmienda propositiva del Poder Ejecutivo, consagra la paridad de género para los cargos electivos y no electivos en los tres poderes del Estado santafesino, incluyendo la fórmula de gobernador/a- vice. La norma también se hace extensiva a partidos políticos, asociaciones, consejos y colegios profesionales.

Al establecer que, ante las vacancias que se generen en el ámbito legislativo, de los cargos electivos, los reemplazos se guiarán por las acciones afirmativas  del artículo 37 de la Constitucion Nacional, la reglamentación resuelve la laguna que tenía la ley de paridad nacional, permitiendo que,una mujer pueda reemplazar a un varón a los fines de garantizar la integración paritaria que el órgano debe tener en su composición.

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales y no deben ser atribuidos al pensamiento de la redacción de El Correo de Firmat. Los comentarios pueden ser moderados por la redacción.